Ningún poste de alumbrado en Manizales puede ser utilizado para pegar afiches o colgar pendones de campaña política
Foto: Alcaldía de Manizales | Noticias de Manizales | |
Una estricta reglamentación de la Alcaldía tiene hoy a la ciudad reluciente, sin los ruidos habituales que generalmente en época electoral se producen como consecuencia de la publicidad con la que son inundadas las calles, avenidas y zonas residenciales. Hoy les presentamos qué está prohibido en material de publicidad visual exterior durante la campaña electoral.
La Administración Municipal que, tras un cuidadoso trabajo conjunto con las secretarías del Medio Ambiente y Gobierno, logró perfeccionar una normatividad que tiene libre a la ciudad de contaminación visual.
Una de las grandes novedades de esa nueva reglamentación, expedida el 25 de julio pasado y previamente concertada las agrupaciones políticas, es que ningún poste de alumbrado en Manizales puede ser utilizado para pegar afiches o colgar pendones, lo que de manera efectiva ha contribuido a mantener a la capital caldense literalmente limpia.
“A diferencia de las reglamentaciones que se venían otorgando en los años anteriores, hay un hecho significativo en el sentido que no se autorizó el uso de postes de alumbrado público y de luminarias. Esto con el ánimo de mitigar y de reducir el impacto generado por estos elementos publicitarios con contenido político, toda vez los mismos no eran retirados por los movimientos o partidos políticos en los tiempos y términos que establece la normatividad”, explicó el ingeniero ambiental Jeison Atehortua, jefe de la Unidad de Gestión Ambiental de la Secretaría del Medio Ambiente.
Tras la experiencia de las pasadas elecciones, después de las cuales las
autoridades tuvieron que contratar el retiro de más de dos mil piezas publicitarias que quedaron en los postes del alumbrado público, el propósito adicional es evitar que esto vuelva a ocurrir.
Para equilibrar cualquier impacto negativo que pueda generar en las campañas el hecho de tener esa limitación en la ubicación de su propaganda en la calle, el Decreto 0354 abrió la posibilidad poderlo hacer en zonas privadas, esto es en edificios y residencias de particulares. Lo anterior con una salvedad: si se va a utilizar la fachada de una casa o edificación, el partidoo movimiento político tiene que solicitar previamente autorización.
“Para el afiche no hay restricciones siempre y cuando sea por dentro de la ventana y no en la fachada, evento en el cual nosotros como Secretaría de Medio Ambiente tenemos que emitir la autorización, que no la solicita el particular, sino el partido o movimiento político”, precisó Atehortua.
En la actualidad hay en Manizales 42 vallas autorizadas y lo que es claro es que no todas pueden estar en manos de un partido o movimiento político, pues por disposición del Consejo Nacional Electoral, cada colectividad en la ciudad tiene derecho a ocho de estos elementos publicitarios.
Por eso, cada propietario de esos espacios tiene que reportar a la Secretaría del Medio Ambiente qué anunciante, si se trata de una de las empresas en lucha dentro de la contienda electoral, compró el espacio, para así, de igual manera, reportarlo a la autoridad electoral.
Esas solicitudes se aprobarán si se cumple con unas condiciones específicas que incluyen NO ubicarlas en zonas de prohibición total como en el centro histórico, el Cable, Milán, la Escuela de Carabineros, los barrios residenciales y los parques. También algunos sectores de varias avenidas como la Santander, desde la calle 63 hasta Cerro de Oro, las avenidas 12 de Octubre, Centenario (desde el Parque del Agua hasta Santa Sofía), Colón y Marcelino Palacios, entre otras, NO están habilitadas para ubicar propaganda política.
“Esto no quiere decir que ampliamos el cupo para que un partido, movimiento o grupo tenga más vallas de las que legalmente tiene permitido, sino que los que quedaron por fuera de los 42 espacios con que cuenta la ciudad para ese propósito, tengan la posibilidad de tener acceso a esta herramienta de promoción, siempre y cuando las condiciones normativas lo permitan”, precisó el jefe de la Unidad de Gestión Ambiental de la Alcaldía de Manizales.
Si un partido, movimiento y grupo supera el número de vallas a que tiene derecho, lo primero que hace el gobierno municipal es oficiarle para que en un plazo de 24 horas proceda a retirar el o los elementos publicitarios. De no ser así, inmediatamente la Secretaría de Gobierno inicia un proceso para verificar e imponer las sanciones respectivas. Adicionalmente, esa información se envía al Consejo Nacional Electoral que, como máxima autoridad en la materia, también definirá si hay lugar o no a precisar responsabilidades e imponer sanciones.