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En Caldas esperan la creación de las Juntas Defensoras de Animales en los 27 municipios. Ley 5 de 1972.

Foto: Gobernación de Caldas | Noticias de Caldas |

Qué dice la ley

Según la ley 5 de 1972 “deberán crearse en todos los municipios del país, Juntas Defensoras de Animales”, que estarán integradas por el Alcalde (sa), un representante de la Personería Municipal; un representante de la Secretaría de Agricultura y Ganadería del Departamento, un delegado elegido por las directivas de los centros educativos locales. Además, en los municipios donde funcionen asociaciones o sociedades defensoras de animales, elegirán -entre todas- dos miembros adicionales.

El objetivo

Promover campañas educativas en las que se enseñe el respeto y se prevengan actos de crueldad o maltrato (incluido el abandono) hacia los animales es el objetivo de la creación de las Juntas Defensoras de Animales en cada municipio.

Las Sanciones

Estas juntas, además, son las encargadas de determinar –a través de resoluciones- las sanciones para las personas que sean responsables de altos de crueldad, maltrato o abandono. Es de anotar que el dinero recogido por dichas multas será manejado por un comité de tesorería, integrado por tres miembros de la junta; ese recaudo solo se puede usar para actividades relacionadas a la misma.

La Secretaría de Medio Ambiente de Caldas tienen voz, pero no voto, en cada una de las mesas municipales y su presencia está apalancada desde la Política Pública de Protección y Bienestar Animal.

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