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Un despacho judicial estudia la solicitud de suspensión provisional del decreto de tarifa de transporte en Manizales.

Foto: Archivo | Juzgado admite demanda presentada por Santiago Osorio | Noticias de Manizales |

El Juzgado Octavo Administrativo del Circuito de Manizales admitió la demanda de nulidad presentada contra el Decreto 0639 del 31 de diciembre de 2025, mediante el cual la Alcaldía de Manizales incrementó la tarifa del servicio público de transporte colectivo para el año 2026. Dentro del mismo trámite, el despacho judicial estudia la solicitud de suspensión provisional del decreto. Este juzgado ya corrió traslado de esta solicitud y le dio cinco (5) días a la Alcaldía de Manizales para pronunciarse sobre la medida cautelar.

La acción judicial fue interpuesta al considerar que el aumento tarifario debe ser revisado por la jurisdicción contencioso-administrativa, debido a posibles inconsistencias en su sustento técnico, en la motivación del ajuste y en el alcance de la participación ciudadana durante el proceso previo a su expedición.

Argumentos expuestos en la demanda:

-Se señala que el decreto hace referencia a un estudio técnico de costos sin identificarlo plenamente ni detallar de forma suficiente la metodología aplicada para llegar a las tarifas definidas.

-Se advierte que el ajuste posterior asociado al incremento del salario mínimo no estaría acompañado de una explicación técnica adicional que permita establecer con claridad cómo se fijaron los valores finales.

-Se plantea que, aunque el proyecto fue publicado, las modificaciones posteriores no habrían sido nuevamente socializadas con la ciudadanía.

-Con la solicitud de medida cautelar se busca que el aumento no continúe produciendo efectos mientras se resuelve de fondo la legalidad del decreto.

La demanda del Representante a la Cámara por caldas, Santiago Osorio Marín, sostiene que el incremento de la tarifa tiene un efecto directo sobre trabajadores, estudiantes, adultos mayores y familias que dependen diariamente del transporte público.



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